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brecha-salarial-de-genero [17/05/23 10:07] francisca.b |
brecha-salarial-de-genero [17/05/23 10:16] (actual) francisca.b |
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Por fin, el art.28[[https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430|ET]] incorpora una extraña presunción de la existencia de la brecha que presenta otros tantos inconvenientes: primero, se aplica a empresas con plantillas a partir de 50 trabajadores, lo que augura una muy escasa relevancia práctica de esta medida; exige además un promedio de un 25% de diferencia salarial entre uno y otro sexo, lo que planteará el problema de la forma de medición y el añadido de que esta se lleve a cabo efectivamente, al margen de resultar una magnitud considerablemente desproporcionada si se atiende a los cálculos realizados por Eurostat e incluso por el INE; y que, por si fuera poco, permite al empresario incluir en el correspondiente registro una “justificación de esa diferencia”, abriendo una peligrosa espita a actuaciones arbitrarias o difícilmente controlables por parte de la empresa. | Por fin, el art.28[[https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430|ET]] incorpora una extraña presunción de la existencia de la brecha que presenta otros tantos inconvenientes: primero, se aplica a empresas con plantillas a partir de 50 trabajadores, lo que augura una muy escasa relevancia práctica de esta medida; exige además un promedio de un 25% de diferencia salarial entre uno y otro sexo, lo que planteará el problema de la forma de medición y el añadido de que esta se lleve a cabo efectivamente, al margen de resultar una magnitud considerablemente desproporcionada si se atiende a los cálculos realizados por Eurostat e incluso por el INE; y que, por si fuera poco, permite al empresario incluir en el correspondiente registro una “justificación de esa diferencia”, abriendo una peligrosa espita a actuaciones arbitrarias o difícilmente controlables por parte de la empresa. |
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| Las últimas de las novedades las incorpora la Directiva (UE) 2023/970 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023 por la que se refuerza la aplicación del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres por un mismo trabajo o un trabajo de igual valor a través de medidas de transparencia retributiva y de mecanismos para su cumplimiento . |
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